miércoles, 16 de noviembre de 2011

Nueva alerta para el Patrimonio Histórico de Málaga: amenaza de demolición del edificio historicista-regionalista en calle Casapalma 7

Edificio Histórico llevado a la ruina en Calle Casapalma 7, Centro Histórico de Málaga
Edificio Histórico llevado a la ruina en Calle Casapalma 7, Centro Histórico de Málaga

ACTUALIZACIÓN DE ESTADO [19/03/2012]: ESTE EDIFICIO YA NO SE ENCUENTRA EN PELIGRO, PORQUE YA NO HAY NADA QUE PROTEGER, TRAS LA DEMOLICIÓN Y VACIADO DE TODOS LOS MATERIALES DE SU INTERIOR Y CUBIERTA, SALVO LA FACHADA.
Desde hace unas semanas se encuentra publicado un “amenazante” –para el Patrimonio Histórico de Málaga– cartel de información de obras en el edificio localizado en la calle Casapalma 7, dentro del BIC Conjunto Histórico-Artístico del Centro de Málaga.
El referido cartel solo cumple parcialmente el deber legal, ya que omite información fundamental, como es el tipo de actuación para la que se concede la Licencia de Obras, y lo único que se puede leer al respecto es “edificio de viviendas B+3”, dato que resulta muy preocupante, ya que el edificio actual solo cuenta con planta baja y dos plantas superiores [IMPORTANTE rectificación 28/1/2019: el techo edificable del inmueble parece no haber sido incrementado, produciéndose tan solo una relocalización de superficie útil en la tercera planta-ático], de modo que, en principio, parece haberse autorizado la construcción de una nueva planta que, en este caso, vendría a degradar y alterar por completo un edificio histórico patrimonialmente protegido al amparo de la vigente Ley de Protección del Patrimonio Histórico. De confirmarse este dato, aunque no se pueda acusar a nadie de buscar inmorales plusvalías inmobiliarias, sigue quedando la cuestión de haber DESTROZADO el aspecto original del edificio histórico protegido legalmente solo por el deseo absurdo e injustificable de una promotora y un arquitecto.

Cartel oficial de obras expuesto en la vía pública que permitirá en un futuro que los historiadores conozcan quiénes participaron en este vil expolio del Patrimonio Arquitectónico en calle Casapalma 7, Málaga
Se trata de un edificio construido en el primer cuarto del siglo XX, de estilo historicista-regionalista, que guarda ciertas semejanzas con el cercano inmueble de la Plaza de Uncibay 4, diseñado por Fernando Guerrero Strachan hacia 1920, y que tiene como elementos distintivos principales el uso del ladrillo y el azulejo cerámico. Cabe la posibilidad de que el edificio fuese construido en 1890 (fecha según Catastro) y que solo la fachada haya sido remodelada a comienzos del siglo XX.
De acuerdo con el Catálogo de Protecciones de las vigentes Ordenanzas PEPRI-Centro, el edificio de calle Casapalma 7 cuenta con Grado de Protección Arquitectónica I; y de su reseña histórico-artística en la Ficha del Catálogo [se abre archivo pdf de la web del Ayuntamiento de Málaga] puede destacarse lo siguiente:
Edificio entre medianerías con tres plantas, con paramento enlucido en el que destacan impostas y bandas horizontales de ladrillo y azulejos, así como el remate superior del muro también en ladrillo. De los tres huecos de la fachada, se resalta el de obra corrido a las dos primeras plantas. La portada es de piedra, adintelada, flanqueada por pilastras con capiteles curvados que sostienen entablamento con friso de grotescas y cornisa denticulada con partes y rematada con bolas. El cierro corrido de las dos primeras plantas mantiene los materiales de la fachada, y presenta carpintería de madera, que también ostentan los balcones. Éstos son sencillos, con antepecho de madera corrido en la primera planta. Por encima de una imposta denticulada se levanta otra planta, toda ella con balcones, que presenta su parte superior con revestimiento de ladrillo, que cierra los huecos y sirve de apoyo a las escuadras que sostiene al alero sobre canecillos, muy solado de regusto mudéjar. Se remata en terraza cuyo pretil de ladrillo con remate cerámico tiene huecos con enrejados de madera entre ella ático. En el zaguán los pedestales que flanquean la escalera están revestidos de mármol con bandas horizontales de azulejos.
Ilustración realizada por Luis Ruiz el 8 de marzo de 2012, incluyendo una muy interesante referencia al caso de Grigori Potemkin... se recomienda la lectura del texto en:
http://luisrpadron.blogspot.com/2012/03/potemkin-revisited.html
Detalles ornamentales en la fachada del Edificio Histórico de calle Casapalma 7, Centro Histórico de Málaga
Detalles ornamentales en la fachada del Edificio Histórico de calle Casapalma 7, Centro Histórico de Málaga

EDIFICIO HISTÓRICO PROTEGIDO, EN ESTADO DE RUINA

De acuerdo con el artículo 17.2 del PEPRI, el Nivel de Protección Arquitectónica de Grado Icomprende los edificios que por su valor arquitectónico, su implantación en la estructura urbana, y las posibilidades de su puesta en buen uso, deben ser protegidos, controlando las actuaciones que sobre ellos se hagan, e impidiendo su desaparición o sustitución”.
Asimismo, de acuerdo con el artículo 19 del PEPRI, la Actuación Máxima Permitida sobre edificios históricos que cuenten con Protección de Grado I es la de Rehabilitación.

Y según el artículo 18.3 del PEPRI, la Rehabilitación es la actuación que “tendrá por objeto la puesta en buen uso del edificio, manteniendo todas sus características estructurales, tipológicas y ornamentales. (…) No incluye la eliminación de estructura alguna, que no sean las estrictamente necesarias para los fines enunciados en el capítulo Restauración o para aquellos puramente higiénicos de ampliación de patios con la misma localización, o en posición analógica con el mismo concepto tipológico. (…) El cumplimiento de ordenanzas o, normas higiénicas oficiales, no justificará ninguna actuación rehabilitadora por encima de estos límites, cuya finalidad no es otra que la consideración del edificio como ‘un todo’ a mantener y no únicamente sus características externas.
Así pues, las LEYES Urbanísticas y de protección del Patrimonio Histórico vigentes, en todas y cada una de sus determinaciones establecen, con absoluta claridad, que para el edificio Histórico patrimonialmente protegido de calle Casapalma 7, no puede concederse licencia de obras que incluya ningún tipo de demolición, ni tan siquiera parcial, ya que las únicas actuaciones permitidas son la Restauración o la Rehabilitación, por lo que la práctica del fachadismo (renovación parcial) o el incremento de la altura sería ILEGAL y responsabilidad única de las personas que desde la GMU conceden dicha licencia contraria al marco legal de protección del Patrimonio Histórico.
Y cabe recordar en este punto que el vigente Código Penal Español establece en su artículo 320 que “la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, haya informado favorablemente instrumentos de planeamiento, proyectos de urbanización, parcelación, reparcelación, construcción o edificación o la concesión de licencias contrarias a las normas de ordenación territorial o urbanística vigentes, o que con motivo de inspecciones haya silenciado la infracción de dichas normas o que haya omitido la realización de inspecciones de carácter obligatorio será castigado con la pena establecida en el art. 404 de este Código y, además, con la de prisión de un año y seis meses a cuatro años y la de multa de doce a veinticuatro meses.”
Confiemos en que, en esta ocasión, el Ayuntamiento de Málaga respete las LEYES y no se permita la destrucción y falseamiento de otro elemento protegido de nuestro Patrimonio Histórico.